[b]ACOSO ESCOLA JOAN PELEGRI[/b]
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[b]ACOSO ESCOLA JOAN PELEGRI[/b]
ACOSO DENTRO Y FUERA DE LA ESCUELA JOAN PELEGRI DE BARCELONA
Al finalizar el primer trimestre del curso 2008/2009 Paula A. C., de 10 años de edad, tuvo que ser sacada precipitadamente de la escuela Joan Pelegrí de Barcelona, tras sufrir acoso escolar de forma reiterada, desde mediados del curso anterior, por parte de un compañero, al que poco a poco se le fueron sumando cuatro de sus, hasta ese momento, amigas de Paula, y con el tiempo, una buena parte del resto de compañeros/as de clase. Además, los padres del instigador, continuaron el acoso fuera de la escuela, hasta la actualidad.
Tras poner en conocimiento de la tutora Sra. R. A. N., y de la directora de primaria, Sra. M. V. R., estos hechos, y viendo que ni ellas, ni nadie del centro, realizaba acto alguno para poner fin a la situación, se puso en conocimiento de Inspecció del Departament d’ Educació, y después de solicitar a la dirección del centro la intervención de una mediación profesional, que no se llevó a cabo, y, observando la repercusión cada vez más negativa que se estaba produciendo en el estado emocional de Paula A.C., los padres procedieron al cambio de escuela, sin ningún tipo de intervención, ni de respuesta, por parte del departament d’Educació.
Con esta actuación se consigue que desaparezca el acoso escolar dentro de la escuela, pero no el hostigamiento por parte de los padres del menor instigador fuera de ella. Por este motivo se decide presentar denuncia a la policía, y posteriormente al Juzgado de Guardia de Barcelona. Igualmente se decide presentar denuncia administrativa ante el departament d’ Educació por la omisión del deber de salvaguardar la integridad física y emocional de la menor por parte de la Escuela Joan Pelegri, aún a sabiendas que la administración tiende a minimizar o negar estos casos (ya se sabe que en Catalunya todo funciona a la perfección gracias a la actuación de los poderes públicos).
La omisión por parte de la Escuela Joan Pelegrí de cualquier actuación para poner fin a la situación fue patente, y también la coacción a la menor, acusándola de mentir, y amedrentándola con frases tipo “con esta actitud sólo haces que preocupar a tus padres y a mí (tutora)”, siendo la única medida que se tomó la de realizar una entrevista con Paula por parte de la profesora de formación religiosa de la escuela, en la que instó a Paula “ a hacerse amiga de los niños que la acosaban”. Es sabido por todos los profesionales de la salud mental, que castigar por igual a víctimas o acosadores, u obligarles a entenderse por el medio de forzarles a estar juntos no es nunca la solución, y lo único que hace es agravar el problema. Destacar también el hecho de que el día que se comunico la baja de Paula del centro, la directora de primaria del mismo, comenta a los padres “que esa misma mañana se había puesto en contacto con el Equipo de Atención Primaria (EAP)”, para que interviniera en el caso.
Una de las características de la situación de acoso, no es sólo el maltrato físico y psíquico al cual están sometidos las víctimas, sino la situación de indefensión y falta de apoyo en la que se encuentran debido al silencio y al hecho “que nadie ve nada”, lo que se conoce como los testigos silenciosos. Es también sabido que la clave del control de las situaciones de acoso está en los testigos silenciosos, que dejan que ocurra la situación de acoso, y aquellos que corean a los acosadores, bien por protegerse ellos mismos del acoso o por estar en el bando vencedor, pero sin verdadera intención de acosar. En este aspecto se demuestra la patente falta de profesionalidad por parte de la tutora y directora pedagógica de la Escuela Joan Pelegrí, negándose a ver (o siendo incapaces de ver, que todavía sería peor), lo que estaba sucediendo. Cabe recordar que en ese mismo año, otra alumna, del mismo curso, pero de otra clase, también tuvo que abandonar la Escuela Joan Pelegrí, por acoso escolar.
La inspectora del departament d’Educació, Sra N. E., basa el informe sobre la denuncia, en "las acciones inspectoras pertinentes y necesarias cerca del centro", donde ni siquiera hizo un intento de entrevista con Paula, en la cual según sus palabras, en una entrevista posterior, “vio (a distancia) una niña normal en clase, que luego jugaba en el patio” obviando los informes aportados de una psicóloga forense, y del pediatra, que según sus palabras “me los creo porque firman con un número de colegiado, pero yo no soy psicóloga clínica para poder valorar la situación”.
Vista la actuación por parte del departament d'Educació se formula queja ante el Síndic de Greuges de Catalunya, quien a finales del mes de noviembre de 2009 dicta resolución en la que expone que: "de toda la información que se dispone, se desprende que sucedieron hechos que afectaron a la alumna Paula, la cual presentó síntomas de sufrimiento que tenían que ver con la relación con sus compañeros, recordando que hay hechos probados, entre otros, el trato recibido por la alumna por parte de los compañeros, continuado en el tiempo, que no fue detectado ni reconocido por el centro docente, lo cual provocó una falta de reacción a la situación, así como el cambio observado en Paula, con el cambio de escuela, a todos los niveles."
La Resolución acaba concluyendo que. "se observa una falta de actuación proactiva en defensa de los derechos de la alumna Paula, en aplicación del artículo 11 del Decret de drets i deures dels alumnes, en lo relativo al derecho de la protección contra toda agresión física, emocional o moral, y del artículo 19, del derecho a la protección de los derechos del alumnado."
Actualmente, el caso se encuentra en el Juzgado de Instrucción número 26 de Barcelona, dado el hostigamiento, por parte de los padres del menor instigador, tanto en los trayectos de vuelta de la escuela (da la mala coincidencia de que viven muy cerca), como de otras formas de acoso, que todavía no se comentan puesto que están siendo objeto de un proceso judicial.
Queremos denunciar estos hechos ante la opinión pública, para que se tomen de una vez por todas, las medidas adecuadas a estos casos cada vez más frecuentes en nuestra sociedad, y que se profesionalice el abordaje de estos casos por parte de la Inspecció del departament d’ Educació y por parte de los centros escolares, para que no sea necesario llegar a la vía judicial, como sucede en este caso y como ha sucedido en tantos otros, incrementando el colapso en que se encuentra la Justicia.
Al finalizar el primer trimestre del curso 2008/2009 Paula A. C., de 10 años de edad, tuvo que ser sacada precipitadamente de la escuela Joan Pelegrí de Barcelona, tras sufrir acoso escolar de forma reiterada, desde mediados del curso anterior, por parte de un compañero, al que poco a poco se le fueron sumando cuatro de sus, hasta ese momento, amigas de Paula, y con el tiempo, una buena parte del resto de compañeros/as de clase. Además, los padres del instigador, continuaron el acoso fuera de la escuela, hasta la actualidad.
Tras poner en conocimiento de la tutora Sra. R. A. N., y de la directora de primaria, Sra. M. V. R., estos hechos, y viendo que ni ellas, ni nadie del centro, realizaba acto alguno para poner fin a la situación, se puso en conocimiento de Inspecció del Departament d’ Educació, y después de solicitar a la dirección del centro la intervención de una mediación profesional, que no se llevó a cabo, y, observando la repercusión cada vez más negativa que se estaba produciendo en el estado emocional de Paula A.C., los padres procedieron al cambio de escuela, sin ningún tipo de intervención, ni de respuesta, por parte del departament d’Educació.
Con esta actuación se consigue que desaparezca el acoso escolar dentro de la escuela, pero no el hostigamiento por parte de los padres del menor instigador fuera de ella. Por este motivo se decide presentar denuncia a la policía, y posteriormente al Juzgado de Guardia de Barcelona. Igualmente se decide presentar denuncia administrativa ante el departament d’ Educació por la omisión del deber de salvaguardar la integridad física y emocional de la menor por parte de la Escuela Joan Pelegri, aún a sabiendas que la administración tiende a minimizar o negar estos casos (ya se sabe que en Catalunya todo funciona a la perfección gracias a la actuación de los poderes públicos).
La omisión por parte de la Escuela Joan Pelegrí de cualquier actuación para poner fin a la situación fue patente, y también la coacción a la menor, acusándola de mentir, y amedrentándola con frases tipo “con esta actitud sólo haces que preocupar a tus padres y a mí (tutora)”, siendo la única medida que se tomó la de realizar una entrevista con Paula por parte de la profesora de formación religiosa de la escuela, en la que instó a Paula “ a hacerse amiga de los niños que la acosaban”. Es sabido por todos los profesionales de la salud mental, que castigar por igual a víctimas o acosadores, u obligarles a entenderse por el medio de forzarles a estar juntos no es nunca la solución, y lo único que hace es agravar el problema. Destacar también el hecho de que el día que se comunico la baja de Paula del centro, la directora de primaria del mismo, comenta a los padres “que esa misma mañana se había puesto en contacto con el Equipo de Atención Primaria (EAP)”, para que interviniera en el caso.
Una de las características de la situación de acoso, no es sólo el maltrato físico y psíquico al cual están sometidos las víctimas, sino la situación de indefensión y falta de apoyo en la que se encuentran debido al silencio y al hecho “que nadie ve nada”, lo que se conoce como los testigos silenciosos. Es también sabido que la clave del control de las situaciones de acoso está en los testigos silenciosos, que dejan que ocurra la situación de acoso, y aquellos que corean a los acosadores, bien por protegerse ellos mismos del acoso o por estar en el bando vencedor, pero sin verdadera intención de acosar. En este aspecto se demuestra la patente falta de profesionalidad por parte de la tutora y directora pedagógica de la Escuela Joan Pelegrí, negándose a ver (o siendo incapaces de ver, que todavía sería peor), lo que estaba sucediendo. Cabe recordar que en ese mismo año, otra alumna, del mismo curso, pero de otra clase, también tuvo que abandonar la Escuela Joan Pelegrí, por acoso escolar.
La inspectora del departament d’Educació, Sra N. E., basa el informe sobre la denuncia, en "las acciones inspectoras pertinentes y necesarias cerca del centro", donde ni siquiera hizo un intento de entrevista con Paula, en la cual según sus palabras, en una entrevista posterior, “vio (a distancia) una niña normal en clase, que luego jugaba en el patio” obviando los informes aportados de una psicóloga forense, y del pediatra, que según sus palabras “me los creo porque firman con un número de colegiado, pero yo no soy psicóloga clínica para poder valorar la situación”.
Vista la actuación por parte del departament d'Educació se formula queja ante el Síndic de Greuges de Catalunya, quien a finales del mes de noviembre de 2009 dicta resolución en la que expone que: "de toda la información que se dispone, se desprende que sucedieron hechos que afectaron a la alumna Paula, la cual presentó síntomas de sufrimiento que tenían que ver con la relación con sus compañeros, recordando que hay hechos probados, entre otros, el trato recibido por la alumna por parte de los compañeros, continuado en el tiempo, que no fue detectado ni reconocido por el centro docente, lo cual provocó una falta de reacción a la situación, así como el cambio observado en Paula, con el cambio de escuela, a todos los niveles."
La Resolución acaba concluyendo que. "se observa una falta de actuación proactiva en defensa de los derechos de la alumna Paula, en aplicación del artículo 11 del Decret de drets i deures dels alumnes, en lo relativo al derecho de la protección contra toda agresión física, emocional o moral, y del artículo 19, del derecho a la protección de los derechos del alumnado."
Actualmente, el caso se encuentra en el Juzgado de Instrucción número 26 de Barcelona, dado el hostigamiento, por parte de los padres del menor instigador, tanto en los trayectos de vuelta de la escuela (da la mala coincidencia de que viven muy cerca), como de otras formas de acoso, que todavía no se comentan puesto que están siendo objeto de un proceso judicial.
Queremos denunciar estos hechos ante la opinión pública, para que se tomen de una vez por todas, las medidas adecuadas a estos casos cada vez más frecuentes en nuestra sociedad, y que se profesionalice el abordaje de estos casos por parte de la Inspecció del departament d’ Educació y por parte de los centros escolares, para que no sea necesario llegar a la vía judicial, como sucede en este caso y como ha sucedido en tantos otros, incrementando el colapso en que se encuentra la Justicia.
angyalb- Cantidad de envíos : 2
Fecha de inscripción : 23/01/2010
NOTICIA ASSETJAMENT ESCOLA JOAN PELEGRI
El Síndic insta a Educación a revisar un caso de «bullying» en el que no actuó Disminuir tamaño del textoAumentar ESTHER ARMORA | BARCELONA Miércoles , 27-01-10
Paula A. C. era una alumna ejemplar, le encantaba estudiar y era muy popular entre sus compañeros de tercero de Educación Primaria en el colegio Joan Pelegrí del barrio de Hostafrancs de Barcelona. En cuestión de meses, se volvió una niña (tenía 8 años) introvertida que iba con desgana a la escuela y a la que los estudios empezaron a irle mal. Sus padres, preocupados, le preguntaron y su respuesta, lejos de calmarles, les intranquilizó aún más: era objeto de acoso escolar.
Su familia acudió a la dirección del centro y a las altas instancias educativas, aunque no les dieron una solución. Ante la falta de respuesta institucional, los padres de Paula decidieron recurrir al Síndic de Greuges, Rafael Ribó, quien, tras analizar el caso, emitió un informe en el que constata que «ve indicios de una falta de actuación proactiva en defensa de los derechos de la alumna Paula» e insta a los servicios educativos a «revisar la intervención realizada por lo que respecta al caso de esta alumna».
En su escrito, al que ha tenido acceso ABC y con fecha de 27 de noviembre de 2009, el Síndic amonesta también al colegio y precisa que «se tenga en consideración la posibilidad de introducir mejoras en los procedimientos de detección e intervención del colegio ante las situaciones en las que se observa un sufrimiento de un alumno relacionado con la actuación de compañeros de clase». Los padres de Paula expresaron a este diario la angustia que han sentido durante dos cursos enteros al ver que las «instituciones nos daban la espalda». Según Àngels Codosero, madre de la menor, el acoso de su hija no se limitaba al recinto escolar sino que también recibía amenazas «fuera del colegio» -que «aún recibe»- y las protagonizaban los mismos que la acosaban en clase.
La envidiaban por sus notas «Todo empezó cuando mi hija empezó a despuntar en natación. Eso, sumado a que siempre tenía muy buenas notas, despertó la envidia de sus compañeros», apunta la madre. La familia acudió a la dirección del centro y, al no obtener respuesta, decidieron enviar una carta a las altas instancias educativas (Consorcio de Educación y el departamento). La primera institución reconoció acoso, aunque fuera del recinto escolar, mientras que el departamento de Ernest Maragall, «aún no ha dado una respuesta». La familia ha denunciado también, vía penal, a los padres del acosador, ya que, según dicen, «les amenaza constantemente por teléfono».
http://www.abc.es/20100127/catalunya-catalunya/sindic-insta-educacion-revisar-20100127.html
Paula A. C. era una alumna ejemplar, le encantaba estudiar y era muy popular entre sus compañeros de tercero de Educación Primaria en el colegio Joan Pelegrí del barrio de Hostafrancs de Barcelona. En cuestión de meses, se volvió una niña (tenía 8 años) introvertida que iba con desgana a la escuela y a la que los estudios empezaron a irle mal. Sus padres, preocupados, le preguntaron y su respuesta, lejos de calmarles, les intranquilizó aún más: era objeto de acoso escolar.
Su familia acudió a la dirección del centro y a las altas instancias educativas, aunque no les dieron una solución. Ante la falta de respuesta institucional, los padres de Paula decidieron recurrir al Síndic de Greuges, Rafael Ribó, quien, tras analizar el caso, emitió un informe en el que constata que «ve indicios de una falta de actuación proactiva en defensa de los derechos de la alumna Paula» e insta a los servicios educativos a «revisar la intervención realizada por lo que respecta al caso de esta alumna».
En su escrito, al que ha tenido acceso ABC y con fecha de 27 de noviembre de 2009, el Síndic amonesta también al colegio y precisa que «se tenga en consideración la posibilidad de introducir mejoras en los procedimientos de detección e intervención del colegio ante las situaciones en las que se observa un sufrimiento de un alumno relacionado con la actuación de compañeros de clase». Los padres de Paula expresaron a este diario la angustia que han sentido durante dos cursos enteros al ver que las «instituciones nos daban la espalda». Según Àngels Codosero, madre de la menor, el acoso de su hija no se limitaba al recinto escolar sino que también recibía amenazas «fuera del colegio» -que «aún recibe»- y las protagonizaban los mismos que la acosaban en clase.
La envidiaban por sus notas «Todo empezó cuando mi hija empezó a despuntar en natación. Eso, sumado a que siempre tenía muy buenas notas, despertó la envidia de sus compañeros», apunta la madre. La familia acudió a la dirección del centro y, al no obtener respuesta, decidieron enviar una carta a las altas instancias educativas (Consorcio de Educación y el departamento). La primera institución reconoció acoso, aunque fuera del recinto escolar, mientras que el departamento de Ernest Maragall, «aún no ha dado una respuesta». La familia ha denunciado también, vía penal, a los padres del acosador, ya que, según dicen, «les amenaza constantemente por teléfono».
http://www.abc.es/20100127/catalunya-catalunya/sindic-insta-educacion-revisar-20100127.html
angyalb- Cantidad de envíos : 2
Fecha de inscripción : 23/01/2010
ESCOLA JOAN PELEGRI
Condenado un colegio de Barcelona por ignorar a una alumna que sufría 'bullying'
El centro Joan Pelegrí deberá indemnizar a la familia con 32.000 eurosJ. GARCÍA - Barcelona - 16/04/2011
La escuela Joan Pelegrí de Sants tendrá que indemnizar con 32.769 euros a los padres de una alumna que sufrió bullying (acoso u hostigamiento psicológico, verbal o físico entre escolares) y fue ignorada por los responsables del centro. Un juzgado de Barcelona considera acreditado que la menor padeció acoso escolar durante más de un año sin que el colegio adoptara medida alguna para paliar su situación. Es más: su tutora ni siquiera creyó la versión de la alumna, que ahora tiene 12 años, pese a las reiteradas advertencias de sus padres.
La escuela no adoptó medidas de prevención pese a la alerta de los padres
La sentencia condenatoria se basa, en parte, en el dictamen de una psicóloga que sometió a la víctima del hostigamiento a diversas pruebas. Los resultados del informe muestran que la menor tenía síntomas de inadaptación escolar, social y personal, con "elevada aversión a la institución escolar", baja autoestima y cuadro de ansiedad. Como consecuencia del acoso de sus compañeros, tuvo que tomar calmantes. La psicóloga concluye que la menor quedó en una situación de "desamparo" en el colegio y que no se sintió respaldada por su tutora.
Los problemas para la niña comenzaron en el curso 2008. Un compañero de clase la insultaba y la indimidaba psicológicamente con "comentarios obstenos y amenazas". Su tutora de entonces mantuvo una actitud de "diligencia", medió en el conflito y logró solucionarlo. Aunque no del todo. El curso siguiente, se recrudeció el acoso a la menor. Un niño ejercía de líder y a él se sumaron otros compañeros. El caso llegó a la asociación de padres de alumnos, al Síndic de Greuges y a la Inspección del Departamento de Enseñanza.
La tutora de ese curso, sin embargo, no hizo nada por evitar el hostigamiento y puso en duda la versión de la menor. Además, señaló que la situación derivó de que la niña había faltado a la verdad delante de sus compañeros.
La sentencia, dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 29 de Barcelona, da la razón a los padres y condena a la escuela, de carácter privado pero concertada con el Departamento de Enseñanza, a indemnizarles por daños y perjuicios.
"El centro tuvo conocimiento exacto de los hechos desde octubre de 2008, sin que adoptara ninguna medida de prevención ni de protección hasta el mes de diciembre, consistiendo únicamente en un intento de mediación por una profesora del centro", argumenta la juez en la sentencia. La "falta de diligencia del centro demandado" es "palpable y manifiesta" en este caso de bullying. Ese acoso desemboca por lo general en un sentimiento de inferioridad de la víctima a la que se intenta humillar.
La juez afirma que "carece de sentido" que el abogado del centro intentara culpar a los padres por dejadez, ya que los hechos ocurrieron en la escuela, un ámbito ajeno al ámbito de control de estos.
El centro Joan Pelegrí deberá indemnizar a la familia con 32.000 eurosJ. GARCÍA - Barcelona - 16/04/2011
La escuela Joan Pelegrí de Sants tendrá que indemnizar con 32.769 euros a los padres de una alumna que sufrió bullying (acoso u hostigamiento psicológico, verbal o físico entre escolares) y fue ignorada por los responsables del centro. Un juzgado de Barcelona considera acreditado que la menor padeció acoso escolar durante más de un año sin que el colegio adoptara medida alguna para paliar su situación. Es más: su tutora ni siquiera creyó la versión de la alumna, que ahora tiene 12 años, pese a las reiteradas advertencias de sus padres.
La escuela no adoptó medidas de prevención pese a la alerta de los padres
La sentencia condenatoria se basa, en parte, en el dictamen de una psicóloga que sometió a la víctima del hostigamiento a diversas pruebas. Los resultados del informe muestran que la menor tenía síntomas de inadaptación escolar, social y personal, con "elevada aversión a la institución escolar", baja autoestima y cuadro de ansiedad. Como consecuencia del acoso de sus compañeros, tuvo que tomar calmantes. La psicóloga concluye que la menor quedó en una situación de "desamparo" en el colegio y que no se sintió respaldada por su tutora.
Los problemas para la niña comenzaron en el curso 2008. Un compañero de clase la insultaba y la indimidaba psicológicamente con "comentarios obstenos y amenazas". Su tutora de entonces mantuvo una actitud de "diligencia", medió en el conflito y logró solucionarlo. Aunque no del todo. El curso siguiente, se recrudeció el acoso a la menor. Un niño ejercía de líder y a él se sumaron otros compañeros. El caso llegó a la asociación de padres de alumnos, al Síndic de Greuges y a la Inspección del Departamento de Enseñanza.
La tutora de ese curso, sin embargo, no hizo nada por evitar el hostigamiento y puso en duda la versión de la menor. Además, señaló que la situación derivó de que la niña había faltado a la verdad delante de sus compañeros.
La sentencia, dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 29 de Barcelona, da la razón a los padres y condena a la escuela, de carácter privado pero concertada con el Departamento de Enseñanza, a indemnizarles por daños y perjuicios.
"El centro tuvo conocimiento exacto de los hechos desde octubre de 2008, sin que adoptara ninguna medida de prevención ni de protección hasta el mes de diciembre, consistiendo únicamente en un intento de mediación por una profesora del centro", argumenta la juez en la sentencia. La "falta de diligencia del centro demandado" es "palpable y manifiesta" en este caso de bullying. Ese acoso desemboca por lo general en un sentimiento de inferioridad de la víctima a la que se intenta humillar.
La juez afirma que "carece de sentido" que el abogado del centro intentara culpar a los padres por dejadez, ya que los hechos ocurrieron en la escuela, un ámbito ajeno al ámbito de control de estos.
Plma- Invitado
Re: [b]ACOSO ESCOLA JOAN PELEGRI[/b]
Mi hijo tiene Altas Capacidades y por lo tanto emocionalmente es un crío más sensible. Este curso cambiamos a mi hijo de Joan Pelegrí ante la falta de actuación de la escuela para adoptar las medidas necesarias a nivel educativo. Esto por desgracia suele ocurrir en muchas escuelas. Pero lo más grave no fue eso. Durante todo el curso pasado mi hijo tuvo que aguantar las burlas de un grupo que le afectaron mucho. Y a pesar de que hablamos con el tutor y que el psicopedagogo de mi hijo llamó a la escuela pidiendoles que actuaran, la escuela no hizo nada. Es más, decían que el problema era de mi hijo que era demasiado sensible. Nosotros preferimos cambiar de centro´porque no queríamos perder el tiempo discutiendo, pero es cierto que no tienen un protocolo de actuación en estos casos y es una lástima porque siempre fue una buena escuela (yo soy exalumna).
Lilit- Invitado
Escola joan pelegri
Es un hecho que no tienen programa ni de prevenció de acoso escolar, ni educación especial, tanto para niños con altas capacidades ni de refuerzo para niños con dificultades. Todo ello a pasar de lo que venden cuando inscribes a tus hijos. Es una verguenza, porque hace años no era así.
anónimo- Invitado
COMUNICADO RESPECTO A LAS INFORMACIONES DEL AMPA DE LA ESCUELA JOAN PELEGRI CON RESPECTO A LA CONDENA DEL ACOSO ESCOLAR
Parece que los padres de la Escola Joan Pelegrí, a raíz de las noticias aparecidas respecto a la condena del colegio por no haber actuado ante un caso de acoso escolar, han pedido explicaciones al respecto.
La presidenta del AMPA, procedió a explicar el caso en la reunión de delegados de este mes de mayo. En su discurso mantiene la versión de los hechos que plantea la escuela en respuesta a la demanda (¿Las AMPAS no son organizaciones neutras cuya finalidad es defender los intereses de los padres y de sus hijos?), y dice que durante el juicio los testigos declaran de uno en uno, sin la presencia de los otros, y que sólo podían contestar las preguntas de los abogados, y por tanto se desconoce como fueron todas la declaraciones, y que se detectaron muchas incoherencias durante el proceso.
Bien, en primer lugar queremos decir que hasta aquí todo es rigurosamente cierto, sólo que faltaría añadir que las incoherencias fueron de los citados a declarar por nuestra parte: personal de la escuela Joan Pelegrí, inspección de educación y la propia presidenta del AMPA.
Entendemos que sería un ejercicio de coherencia, honestidad y transparencia que a los padres interesados en conocer lo que realmente ocurrió se les facilitara el vídeo integro del juicio, grabado de acuerdo con la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, para que pudieran sacar sus propias conclusiones, así como facilitar una copia de la sentencia a aquellos que lo deseen (aunque las sentencias judiciales son públicas, sólo hay que buscarlas).
Dicho vídeo, y la sentencia, se encuentran en poder de los abogados del colegio, y por tanto del propio colegio, por lo que sería relativamente fácil acceder a toda la información solicitándolo directamente al colegio.
Parece ser que también nos acusa de hacer público en los medios de comunicación los hechos, coincidiendo con la época de prescripciones escolares. Bien, en este caso sólo queremos dejar claras dos cosas:
- en un Estado de derecho todo el mundo puede poner en conocimiento de los medios unos hechos que considera que deben ponerse en conocimiento de la sociedad, y en última instancia, son los medios de comunicación los que deciden si los hacen públicos o no.
- Se han hecho públicos en el momento en que se ha tenido conocimiento de las situaciones relevantes del proceso, concretamente en dos ocasiones: los días inmediatamente posteriores a tener conocimiento de la notificación de la resolución del Síndic de Greuges y los días inmediatamente posteriores a tener conocimiento de la sentencia judicial. Si han coincidido con los periodos de prescripción escolar no ha sido intencionadamente.
También queremos exponer que nos parece muy bien que la escuela Joan Pelegrí haya decido apelar la sentencia, puesto que es lo que ha de hacer cualquier persona, física o jurídica, en un Estado de derecho, que no esté de acuerdo con una sentencia que afecte sus intereses, sin que esto signifique que no vayamos a oponernos a dicha apelación, en defensa de nuestros derechos.
Finalmente, y visto que parece que hay cierta intencionalidad de la presidenta del AMPA cuando expone los hechos, estudiaremos, con nuestros abogados, si estos hechos pueden ser objeto de una demanda por difamación.
La presidenta del AMPA, procedió a explicar el caso en la reunión de delegados de este mes de mayo. En su discurso mantiene la versión de los hechos que plantea la escuela en respuesta a la demanda (¿Las AMPAS no son organizaciones neutras cuya finalidad es defender los intereses de los padres y de sus hijos?), y dice que durante el juicio los testigos declaran de uno en uno, sin la presencia de los otros, y que sólo podían contestar las preguntas de los abogados, y por tanto se desconoce como fueron todas la declaraciones, y que se detectaron muchas incoherencias durante el proceso.
Bien, en primer lugar queremos decir que hasta aquí todo es rigurosamente cierto, sólo que faltaría añadir que las incoherencias fueron de los citados a declarar por nuestra parte: personal de la escuela Joan Pelegrí, inspección de educación y la propia presidenta del AMPA.
Entendemos que sería un ejercicio de coherencia, honestidad y transparencia que a los padres interesados en conocer lo que realmente ocurrió se les facilitara el vídeo integro del juicio, grabado de acuerdo con la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, para que pudieran sacar sus propias conclusiones, así como facilitar una copia de la sentencia a aquellos que lo deseen (aunque las sentencias judiciales son públicas, sólo hay que buscarlas).
Dicho vídeo, y la sentencia, se encuentran en poder de los abogados del colegio, y por tanto del propio colegio, por lo que sería relativamente fácil acceder a toda la información solicitándolo directamente al colegio.
Parece ser que también nos acusa de hacer público en los medios de comunicación los hechos, coincidiendo con la época de prescripciones escolares. Bien, en este caso sólo queremos dejar claras dos cosas:
- en un Estado de derecho todo el mundo puede poner en conocimiento de los medios unos hechos que considera que deben ponerse en conocimiento de la sociedad, y en última instancia, son los medios de comunicación los que deciden si los hacen públicos o no.
- Se han hecho públicos en el momento en que se ha tenido conocimiento de las situaciones relevantes del proceso, concretamente en dos ocasiones: los días inmediatamente posteriores a tener conocimiento de la notificación de la resolución del Síndic de Greuges y los días inmediatamente posteriores a tener conocimiento de la sentencia judicial. Si han coincidido con los periodos de prescripción escolar no ha sido intencionadamente.
También queremos exponer que nos parece muy bien que la escuela Joan Pelegrí haya decido apelar la sentencia, puesto que es lo que ha de hacer cualquier persona, física o jurídica, en un Estado de derecho, que no esté de acuerdo con una sentencia que afecte sus intereses, sin que esto signifique que no vayamos a oponernos a dicha apelación, en defensa de nuestros derechos.
Finalmente, y visto que parece que hay cierta intencionalidad de la presidenta del AMPA cuando expone los hechos, estudiaremos, con nuestros abogados, si estos hechos pueden ser objeto de una demanda por difamación.
Albyang- Invitado
Respuesta
Podríamos decir que soy una alumna de la escuela Joan Pelegrí, y muchas de las cosas que se dicen es mentira. Yo estoy, como alumna, en la "comisión de convivencia", y el problema no es de la escuela. Basicamente, suben generaciones que maltratan a los demás sin razones algunas. La escuela lo único que puede hacer es sancionar a los culpables, pero estos seguirán a su rollo y la escuela volverá a sancionarlos, cada vez aumentando la intensidad.
Yo diria que el mayor problema es la educación de modales que reciben los jóvenes hoy en día, pero no por parte de la escuela. Sino por parte de las famílias, que tienen menos tiempo por pasar con ellos, por parte de la televisión, los videojuegos.. basicamente de la sociedad en general que crea maquinas destructivas contra esta misma.
Creo que se esta dando una mala imagen de esta escuela, cuando yo misma sufrí acoso de más pequeña en otro colegio i el cambio me fue fenomenal. No encuentro justo que se de esta imagen cuando la culpa es de todos, y no de la escuela ( que sigue con el reglamento que le llega de los de arriba!)
Yo diria que el mayor problema es la educación de modales que reciben los jóvenes hoy en día, pero no por parte de la escuela. Sino por parte de las famílias, que tienen menos tiempo por pasar con ellos, por parte de la televisión, los videojuegos.. basicamente de la sociedad en general que crea maquinas destructivas contra esta misma.
Creo que se esta dando una mala imagen de esta escuela, cuando yo misma sufrí acoso de más pequeña en otro colegio i el cambio me fue fenomenal. No encuentro justo que se de esta imagen cuando la culpa es de todos, y no de la escuela ( que sigue con el reglamento que le llega de los de arriba!)
Anonimo- Invitado
ABSUELTA LA ESCOLA JOAN PELEGRÍ DE UN PRESUNTO CASO DE ACOSO ESCOLAR
Barcelona, 10/10/12
La Escola Joan Pelegrí gana el recurso y es absuelta de un
supuesto caso de acoso escolar
En la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona se afirma que la
actuación de la escuela fue “proporcionada y razonable” y que tanto la
respuesta dada por el centro como la Inspecció d’Ensenyament de la
Generalitat de Catalunya es correcta atendiendo que el conflicto se
origina externamente. Además, estima que la consideración de bullying
sólo es válida si hay un conflicto continuado en el tiempo.
La sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, que revoca la sentencia del
Juzgado de 1ª instancia se fundamenta en la Instrucción de la Fiscalía 10/05, que
define el acoso escolar como “el catálogo de conductas, en general permanentes o
continuas en el tiempo y desarrolladas por uno o varios alumnos otros susceptibles
de provocar en la víctima sentimientos de terror, de angustia e inferioridad idóneos
para humillarle, envilecerle o quebrantar en su caso su resistencia física o moral”.
Por lo tanto, a pesar que se reconoce una “situación de conflictividad en la escuela”,
ésta no se producido de forma continua y se ha de valor que algunos conflictos
pueden ser “uno de los numerosos incidentes que cada día se producen en cada
una de las escuelas del país”. Además, el estado emocional de la menor supuesta
objeto del bullying viene dado por situaciones producidas fuera del entorno escolar y
que se originan en una relación conflictiva entre su madre y alguna otra familia del
centro, de modo “que los hechos sucedidos dentro del colegio tienen menor entidad
que los ocurridos fuera”.
La Audiencia afirma que en este tipo de juicios “es necesario […] ser muy cautos con
la valoración de las pruebas […] y ceñirse en la medida de lo posibles a los hechos
objetivos y contrastados” ya que “las personas vinculadas con la escuela, por más
que comparezcan como testigos, tienen un evidente y fuerte interés en como se
soluciona el tema, pues es la propia reputación de la escuela aquello que esta en
juego, y los padres no digamos el nivel de condicionamiento que tienen en relación
con el problema […]”.
Mercè Velilla, entonces directora de la sección de Infantil-Primaria de la Escola Joan
Pelegrí, muestra su satisfacción por la sentencia y destaca que en ella se reconoce
que la actuación llevada a cabo por los docentes y la dirección fue la correcta.
Considera, además, que la clave de todo es que “los padres de la alumna que
supuestamente sufrió el acoso quisieron trasladar al colegio un conflicto que tenían
fuera del centro”. Acaba su argumentación diciendo que “si alguna cosa queda clara
es que la escuela procedió correctamente y que la familia rechazó la mediación que
se les ofreció”.
Notas de prensa:
El Periódico: elperiodico.cat/ca/noticias/societat/audiencia-barcelona-exculpa-escola-joan-pelegri-assetjament-escolar-2114921
El País: ccaa.elpais.com/ccaa/2012/07/20/catalunya/1342808816_319398.html
Ara: ara.cat/societat/LEscola-Joan-Pelegri-dassetjament-escolar_0_743325821.html
La Escola Joan Pelegrí gana el recurso y es absuelta de un
supuesto caso de acoso escolar
En la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona se afirma que la
actuación de la escuela fue “proporcionada y razonable” y que tanto la
respuesta dada por el centro como la Inspecció d’Ensenyament de la
Generalitat de Catalunya es correcta atendiendo que el conflicto se
origina externamente. Además, estima que la consideración de bullying
sólo es válida si hay un conflicto continuado en el tiempo.
La sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, que revoca la sentencia del
Juzgado de 1ª instancia se fundamenta en la Instrucción de la Fiscalía 10/05, que
define el acoso escolar como “el catálogo de conductas, en general permanentes o
continuas en el tiempo y desarrolladas por uno o varios alumnos otros susceptibles
de provocar en la víctima sentimientos de terror, de angustia e inferioridad idóneos
para humillarle, envilecerle o quebrantar en su caso su resistencia física o moral”.
Por lo tanto, a pesar que se reconoce una “situación de conflictividad en la escuela”,
ésta no se producido de forma continua y se ha de valor que algunos conflictos
pueden ser “uno de los numerosos incidentes que cada día se producen en cada
una de las escuelas del país”. Además, el estado emocional de la menor supuesta
objeto del bullying viene dado por situaciones producidas fuera del entorno escolar y
que se originan en una relación conflictiva entre su madre y alguna otra familia del
centro, de modo “que los hechos sucedidos dentro del colegio tienen menor entidad
que los ocurridos fuera”.
La Audiencia afirma que en este tipo de juicios “es necesario […] ser muy cautos con
la valoración de las pruebas […] y ceñirse en la medida de lo posibles a los hechos
objetivos y contrastados” ya que “las personas vinculadas con la escuela, por más
que comparezcan como testigos, tienen un evidente y fuerte interés en como se
soluciona el tema, pues es la propia reputación de la escuela aquello que esta en
juego, y los padres no digamos el nivel de condicionamiento que tienen en relación
con el problema […]”.
Mercè Velilla, entonces directora de la sección de Infantil-Primaria de la Escola Joan
Pelegrí, muestra su satisfacción por la sentencia y destaca que en ella se reconoce
que la actuación llevada a cabo por los docentes y la dirección fue la correcta.
Considera, además, que la clave de todo es que “los padres de la alumna que
supuestamente sufrió el acoso quisieron trasladar al colegio un conflicto que tenían
fuera del centro”. Acaba su argumentación diciendo que “si alguna cosa queda clara
es que la escuela procedió correctamente y que la familia rechazó la mediación que
se les ofreció”.
Notas de prensa:
El Periódico: elperiodico.cat/ca/noticias/societat/audiencia-barcelona-exculpa-escola-joan-pelegri-assetjament-escolar-2114921
El País: ccaa.elpais.com/ccaa/2012/07/20/catalunya/1342808816_319398.html
Ara: ara.cat/societat/LEscola-Joan-Pelegri-dassetjament-escolar_0_743325821.html
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